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En diciembre de 2001 España se adelantaba al plazo máximo previsto por la UE y prohibía la comercialización y la utilización de crisotilo (amianto blanco), el único tipo que todavía seguía siendo utilizado en España. Las variedades más perjudiciales para la salud -el amianto azul y el amianto marrón- fueron prohibidas en España en 1984 y 1993, respectivamente.
La Orden Ministerial, aprobada el 7 de diciembre de 2001, establecía un plazo de seis meses para su entrada en vigor,pero introducía una prórroga de seis meses más
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para la comercialización de los productos ya fabricados:
- 15 de junio de 2002 - Entrada en vigor de la prohibición de fabricar productos que contengan amianto. Hasta el 15 de diciembre de 2002 se podían comercializar e instalar productos con amianto fabricados antes del 15 de junio de 2002.
- 15 de diciembre de 2002 - Prohibición de producir, comercializar e instalar amianto y productos que lo contengan.
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